Cámara de Comercio e Industria Peruano Japonesa organizó la conferencia “Agenda laboral 2013: un desafío para las empresas”

La Cámara de Comercio e Industria Peruano Japonesa organizó la conferencia Agenda laboral 2013: un desafío para las empresas, una iniciativa que busca mantener informados a sus asociados sobre temas de coyuntura.La exposición estuvo a cargo del exministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Jaime Zavala Costa y la asociada senior del área laboral de Ferrero Abogados, Lidia Vílchez Garcés.
En la mesa estuvieron acompañados por el presidente de la Ccipj, Atsushi Gomi y el vicepresidente, Dante Aray.
Ambos profesionales dieron los líneamientos generales de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en Lima Metropolitana, además de dar algunas recomendaciones a los empresarios asistentes sobre buenas prácticas laborales.
Zavala señaló que los conflictos laborales son propios y naturales de la relación del trabajo, por lo que es importante tener atención preventiva. En este sentido destacó que cuando se deja de reconocer al trabajador como un interlocutor legítimo, se originan las medidas de presión y el surgimiento de organizaciones sindicales para atender reclamos desatendidos.
Ante ello, dieron algunas medidas que los empresarios pueden emplear para la prevención del conflicto como robustecer el área de recursos humanos, mejorar las políticas y prácticas de gestión de personal, privilegiar el diálogo, capacitación sindical a jefes y supervisores, desarrollar mecanismos internos de negociación, no intervenir en la actividad sindical, cumplimiento de la ley y buenas prácticas laborales, acentuar la responsabilidad social de la empresa, respeto a los derechos fundamentales en el trabajo y comprometer el tema laboral en los órganos de la dirección de la empresa.
Nueva Ley Procesal del Trabajo en Lima Metropolitana
Esta nueva ley instaura la oralidad como su principal característica. Además, permite el debate oral de posiciones dirigidas por el juez, quien podrá interrogar libremente a las partes, teniendo una participación activa.
En adición, permite la presunción de laboralidad acreditando la sola prestación de servicios, entre otras características.
Como recomendaciones preventivas, los expositores señalaron que es importante revisar las formas de contratación, es decir, que los contratos de trabajo sujetos a modalidad respondan a una causa objetiva de trabajo, que los servicios de intermediación laboral sólo se circunscriban a supuestos de temporalidad y complementaridad, que los servicios de tercerización sean prestados con total autonomía técnica y financiera, y que los contratos de locación de servicios sean empleados adecuadamente.
Asimismo, manifestaron que es importante procurar cumplir con los requisitos formales, la revisión de fichas de personal para tener toda la información laboral de los trabajadores e implementar una política de buenas costumbres laborales.
Más adelante destacaron que si una empresa ya se encuentra en un proceso de demanda laboral, se debe ubicar a la persona que más conocimiento tiene del conflicto o reclamo, otorgarle poderes suficientes para que participe en el proceso junto con los abogados e iniciar la búsqueda de información relevante. Los representantes que acudan al proceso deben tener pleno conocimiento de los hechos y sostener reuniones de coordinación con los abogados.
Inspección laboral
En materia de inspección laboral, debido a la descentralización de regiones, impide una uniformidad de criterios, aunque lo que se debe saber es que hay materias principales a fiscalizar como son los contratos de trabajo sujetos a modalidad, causa objetiva y formalidades, contratos de locación de servicios, entrega y firma de las boletas de pago de remuneraciones, marcación de asistencia, control de trabajo en sobretiempo, pago oportuno y formalidades para el cese.
Las recomendaciones frente a la inspección son las siguientes: permitir el ingreso del inspector en un plazo que no exceda los diez minutos desde que anuncia su presencia, pues el incumplimiento de esto desencadena en una multa y presunción de veracidad de los hechos en materia de inspección; mantener una actitud de colaboración y facilitar dentro de las posibilidades la información requerida. De no contar con la información inmediata, solicitar la ampliación de plazo.
En caso se cite al representante a una diligencia en las oficinas de los inspectores, acudir puntualmente, acreditar la representación y presentar ordenada y completamente la documentación requerida.
Además, hay que asegurarse que en el acta de actuaciones inspectivas se registre cada uno de los documentos proporcionados e información relevante aportada.
También se deben tener señalizados los horarios de trabajo y refrigerio, puesto que los inspectores están facultados para realizar visitas inspectivas a cualquier hora del día o la noche, subsistiendo la obligación de la empresa de brindar las facilidades necesarias.

Fuente: Peru Shimpo

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